Tu agencia en tiempos difíciles
Evaluar el código de mi agencia

Agencia

Contrato de desarrollo de software: las cláusulas que protegen a tu agencia

Verificado el 12 de octubre de 2026

En corto

Un contrato de desarrollo de software fija qué construye la agencia, cómo se aceptan las entregas, cuándo se paga y de quién es el código al final. La cláusula de propiedad intelectual es la que más vale: en México, salvo pacto en contrario, quien encarga la obra tiene los derechos patrimoniales (artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor). Si quieres conservar tus librerías y herramientas, el contrato lo tiene que decir.

Un contrato de desarrollo de software fija qué construye tu agencia, cómo y cuándo se aceptan las entregas, cuándo te pagan y de quién es el código al final. La cláusula que más vale es la de propiedad intelectual.

En México, si el contrato no dice otra cosa, quien encarga la obra se queda con los derechos patrimoniales (artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor). Si quieres conservar tus librerías, tus herramientas internas y la posibilidad de licenciar código después, el contrato lo tiene que decir con todas las letras.

Qué cláusulas necesita un contrato de desarrollo de software

Estas cláusulas no pueden faltar, sea un contrato local o un MSA con SOW para un cliente del extranjero:

  1. Objeto y alcance. Qué se construye, con el documento de requerimientos como anexo.
  2. Modelo de precio. Precio fijo, por hora o mezcla, con tarifas por rol.
  3. Calendario e hitos. Fechas de entrega y qué incluye cada una.
  4. Aceptación. Plazo del cliente para revisar, criterios y qué pasa si no responde.
  5. Cambios. Cómo se piden, se estiman y se aprueban.
  6. Pagos. Anticipo, hitos, plazo de pago, moneda e intereses por atraso.
  7. Propiedad intelectual. Qué se cede, qué conserva tu agencia y desde cuándo.
  8. Confidencialidad. Para ambas partes.
  9. Garantía. Periodo de corrección de defectos sin costo.
  10. Responsabilidad. Tope en dinero.
  11. Terminación. Cómo se sale cada parte y qué se paga por lo hecho.
  12. Ley aplicable y disputas.

De quién es el código: la cláusula de propiedad intelectual

Si el contrato no dice nada, la ley decide. En México y Colombia decide a favor del cliente. En EE. UU., sin cesión escrita, el código se queda con quien lo escribió.

PaísRegla si el contrato no dice nadaFuente
Méxicosalvo pacto en contrario, quien comisiona la obra o la produce con colaboración remunerada tiene los derechos patrimonialesartículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor
Colombiase presume, salvo pacto en contrario, que los derechos patrimoniales pasan al contratante o al empleador en la medida necesaria para sus actividades habituales, siempre que el contrato conste por escritoartículo 20 de la Ley 23 de 1982
EE. UU.La transferencia de copyright solo vale por escrito y firmada por el titular de los derechos17 U.S.C. § 204(a)

Para conservar lo que es tuyo, la cláusula necesita tres partes:

Aceptación y cambios

La aceptación es donde se atoran los pagos. Escríbela con plazos concretos:

  1. Tu agencia entrega y avisa por escrito.
  2. El cliente tiene un número fijo de días hábiles para revisar contra los criterios del documento de requerimientos.
  3. Si encuentra defectos, los reporta por escrito y tu equipo los corrige.
  4. Si no responde en el plazo, la entrega se considera aceptada.

Los cambios siguen otro camino: el cliente los pide por escrito, tu equipo los estima y solo entran cuando el cliente aprueba precio y plazo. Cómo armar el documento base está en levantamiento de requerimientos.

Pagos y plazos de pago

El calendario de pagos define tu flujo de caja. Con clientes de EE. UU. que pagan a 45 o 60 días, la diferencia entre cobrar por adelantado o a mes vencido son meses de nómina.

ModeloCómo cobrar
Precio fijoAnticipo al firmar, pagos por hito aceptado y un saldo final menor
Por hora (T&M)Factura mensual con horas registradas; si puedes, un mes por adelantado como depósito
RetainerFee mensual fijo por adelantado

Escribe también los intereses por atraso y el derecho a pausar el trabajo si una factura pasa cierto número de días vencida. Más sobre esto en flujo de caja.

Lo que el contrato hace con el valor de tu código

Cada contrato de desarrollo decide qué código podrás licenciar o vender después. Una agencia que firmó durante años contratos que ceden todo al cliente tiene poco que monetizar. Una que separó su background IP tiene un portafolio.

Preguntas frecuentes

¿De quién es el código si el contrato de desarrollo no dice nada?

Depende del país. En México, el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor da los derechos patrimoniales a quien encarga la obra, salvo pacto en contrario. En Colombia, el artículo 20 de la Ley 23 de 1982 presume que pasan al contratante en la medida necesaria para su actividad, si el contrato consta por escrito. En EE. UU., sin cesión escrita el código sigue siendo de quien lo escribió (17 U.S.C. § 204(a)).

¿Cómo protejo mis librerías propias en un contrato de desarrollo?

Con una cláusula de background IP: lista lo que tu agencia ya tenía antes del proyecto, di que sigue siendo tuyo y dale al cliente una licencia no exclusiva y perpetua para usarlo dentro del entregable.

¿Conviene cobrar por hitos o por mes?

En precio fijo, por hitos ligados a entregas aceptadas, con un anticipo al firmar. En proyectos por hora, por mes vencido según horas registradas. En ambos casos, fija qué pasa si el cliente no revisa una entrega a tiempo.

Evaluar el código de mi agencia