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Facturar al extranjero desde México: IVA de exportación y CFDI para clientes de EE. UU.

Verificado el 12 de octubre de 2026

En corto

En México, la exportación de servicios tiene una tasa especial de IVA (artículo 29 de la Ley del IVA), y el desarrollo de software para un cliente en el extranjero entra ahí si cumple cuatro requisitos: equipo e infraestructura en México, direcciones IP en el lugar correcto, el número fiscal del cliente en el CFDI y pago electrónico desde una cuenta en el extranjero. El CFDI se emite al RFC genérico de extranjeros.

En México, los servicios que se exportan pagan IVA a la tasa del 0 % (artículo 29 de la Ley del IVA). El desarrollo de software para un cliente en EE. UU. puede entrar ahí: la ley incluye expresamente el desarrollo, integración y mantenimiento de aplicaciones informáticas o de sistemas computacionales (artículo 29, fracción IV, inciso i) de la Ley del IVA).

Para aplicarla tienes que cumplir cuatro requisitos sobre dónde trabaja tu equipo, las direcciones IP, el CFDI y el pago. La factura se emite como CFDI al RFC genérico de extranjeros, XEXX010101000.

Cuándo un servicio de software se considera exportado

Con la tasa del 0 % la operación sigue gravada, así que el IVA que pagas en tus gastos genera saldo a favor. En servicios exportados, la devolución procede cuando cobras la factura (artículo 30 de la Ley del IVA). Por eso importa cumplir los requisitos.

El artículo 29, fracción IV, inciso i) de la Ley del IVA cubre estos servicios de tecnologías de la información:

Los cuatro requisitos de la Ley del IVA

El inciso i) aplica solo si tu agencia cumple los cuatro:

  1. Todo en México. Infraestructura tecnológica, personas y materiales ubicados en territorio nacional.
  2. Direcciones IP. Las de tus equipos y tu proveedor de Internet, en México. Las del cliente y su proveedor, en el extranjero.
  3. Número fiscal en el CFDI. El comprobante consigna el registro o número fiscal del residente en el extranjero que contrató y pagó.
  4. Pago electrónico desde el extranjero. Desde una cuenta en una institución financiera fuera de México, a una cuenta de tu agencia en un banco en México.

Si cobras por licenciar código y no por un servicio, la regla es otra: la ley también considera exportación el uso o goce temporal, en el extranjero, de bienes intangibles proporcionados por residentes en México (artículo 29, fracción III de la Ley del IVA). Más en cobrar por una licencia.

Cómo llenar el CFDI para un cliente en el extranjero

Según la guía de llenado del CFDI del SAT (Anexo 20), estos son los campos que cambian con un cliente extranjero sin RFC mexicano:

Campo del CFDIQué va
RFC del receptorXEXX010101000
Régimen fiscal del receptor616 (Sin obligaciones fiscales)
Uso del CFDIS01 (Sin efectos fiscales)
Residencia fiscalClave del país del cliente, por ejemplo USA
Número de registro tributario (NumRegIdTrib)El número fiscal del cliente en su país, por ejemplo su EIN
IVA0 % si cumples el artículo 29 de la Ley del IVA
MonedaUSD, con el tipo de cambio

El campo del número fiscal del cliente es el que cumple el tercer requisito de la ley. Pídele el número al cliente cuando firmes el contrato, junto con su razón social exacta.

Si tu agencia está en Colombia o Argentina

Cada país tiene su propia regla para el impuesto al consumo sobre servicios exportados:

El ISR sobre lo que facturas al extranjero

La tasa de exportación es de IVA. Tu agencia sigue pagando impuesto sobre la renta en México por lo que cobra. Del lado de EE. UU., la fuente del ingreso por servicios está donde se prestan los servicios (26 U.S.C. § 862(a)(3)). Si tu equipo trabaja desde México, normalmente no hay retención.

El cliente lo documenta con tu W-8BEN-E.

Qué significa para el código de tu agencia

Facturar servicios y facturar licencias son dos operaciones distintas para el IVA y para la retención en EE. UU. Si tu agencia empieza a licenciar código propio, separa en el contrato y en el CFDI qué parte es servicio y qué parte es licencia.

Antes de cobrar la primera licencia, revisa qué código es tuyo y cuánto vale en cuánto vale el código.

Preguntas frecuentes

¿Se cobra IVA a un cliente de EE. UU. por desarrollo de software?

Si se cumplen los requisitos del artículo 29, fracción IV, inciso i) de la Ley del IVA, el servicio se considera exportado y se factura con la tasa de exportación. Si falta alguno, por ejemplo el pago llega desde una cuenta en México, el servicio se trata como nacional.

¿Qué RFC pongo en la factura a un cliente extranjero?

El RFC genérico para residentes en el extranjero que indica la guía de llenado del CFDI del SAT. Con ese RFC, el régimen fiscal del receptor y el uso del CFDI llevan claves específicas, y en los campos de residencia fiscal y número de registro tributario va el país y el número fiscal del cliente.

¿Puedo facturar como exportación si mi equipo trabaja por VPN en la red del cliente?

El artículo 29, fracción IV, inciso i) de la Ley del IVA dice que los servicios de tecnologías de la información no se consideran exportados cuando se prestan usando redes privadas virtuales. Revisa con tu contador cómo trabaja tu equipo antes de aplicar la tasa de exportación.

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